Préstamo interbibliotecario

Este servicio permite al usuario acceder a documentos que no pertenecen a nuestro fondo, pero que se encuentran en otras bibliotecas.

Obras que se prestan
El servicio de préstamo interbibliotecario está limitado a libros y reproducciones de partes de documentos escritos, como artículos de revistas. Como en el caso del préstamo personal, quedan excluidas las siguientes obras:

  • Obras de consulta y referencia.

  • Fondo anterior a 1958.

  • Fondo de la sección local.

  • Fondos de reserva especiales.

  • Igualmente quedará excluido cualquier material cuyo préstamo afecte a la buena conservación del ejemplar.

  • Prensa y publicaciones periódicas.

Se ofrecerá reproducción de todos los materiales excluidos del préstamo interbibliotecario, salvo de aquellos en que la reproducción afecte a la buena conservación del ejemplar y siempre con estricta sujeción a la normativa en materia de propiedad intelectual.

Consulta
La biblioteca actúa en un doble sentido, de prestataria y de solicitante. En el caso de que nuestro centro actúe como biblioteca prestataria, el material objeto de préstamo interbibliotecario podrá ser consultado fuera de las dependencias de la biblioteca peticionaria. En el caso del material solicitado por nuestra biblioteca a otros centros, la consulta del mismo únicamente podrá realizarse fuera de nuestras dependencias en el caso de que la biblioteca que cede el material así lo autorice.

Plazo y condiciones

El número máximo de solicitudes será de tres por mes.

El periodo de préstamo será de un mes, renovable por otro mes siempre que la renovación se solicite dentro del primer mes.

Antes de solicitar un documento perteneciente a otra biblioteca, el usuario debe comprobar que no se encuentra en nuestra biblioteca  

Dependiendo de la biblioteca prestataria este servicio podría estar sujeto a tarifas abonadas por el usuario.

Puedes solicitar este servicio a través de: