Donaciones

En el caso de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz:

  • Los apartados 1 y 2 del artículo 101 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, establecen que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía, se dirigirán por escrito a la Consejería de Cultura y Deporte, describiendo los bienes objeto de donación y aportando cuantos datos se estimen pertinentes. La Consejería de Cultura y Deporte, una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986 de 5 de mayo. 
  • La citada Ley 14/2007 de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentran establecidos en territorio andaluz.

En el caso de materiales bibliográficos o no bibliográficos que no sean integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz:

  • La gestión de este tipo de donaciones es un proceso complejo que requiere analizar aspectos como la idoneidad de los fondos, el espacio disponible, el estado de conservación y los posibles costes de traslado, manipulación y proceso técnico. Por estos motivos la Biblioteca agradece las donaciones, pero se reservará el derecho de admisión de los materiales donados. 
  • La donación se realizará con el acuerdo firmado de que el material pasa a ser propiedad legal de la Biblioteca, que podrá utilizar el fondo como considere oportuno y estimará si el fondo donado pasa a formar parte del catálogo de la Biblioteca. 
  • No se aceptarán donaciones de colecciones particulares que no sean de interés para la Biblioteca. Para valorar su interés, el donante deberá remitir un listado de las obras objeto de donación (se podrá entregar en el mostrador de información de la biblioteca o remitirlo por correo electrónico a informacion.bp.ja.ccul@juntadeandalucia.es