El prestamo interbibliotecario (PIB) es un servicio gratuito que llevan a cabo las bibliotecas públicas con el objeto de facilitar el acceso a documentos que no se encuentran en su colección. La biblioteca actúa en un doble sentido: de prestadora y de solicitante, a demanda de un usuario.

El servicio de PIB está regulado por la Orden de 24 de septiembre de 2001, por la que se regula el acceso, servicios y servicio de préstamo de las bibliotecas de la Red de Lectura Pública de Andalucía (BOJA núm.129, de 8 de noviembre de 2001), modificada por la Orden de 30 de julio de 2007 (BOJA núm. 170, de 29 de agosto de 2007).

 

Período de préstamo

El período de préstamo será de un mes, renovable por otro mes siempre que la renovación se solicite dentro del primer mes.

 

Condiciones del préstamo interbibliotecario

El material objeto de préstamo interbibliotecario únicamente podrá ser consultado en las dependencias de la biblioteca peticionaria, de la que no podrá salir bajo ningún concepto.

La devolución de los préstamos se realizará en el plazo establecido, siendo los materiales correctamente empaquetados y devueltos en el mismo estado de conservación que tenían cuando fueron prestados.

La pérdida o deterioro del material prestado obligará a la reposición inmediata de otro ejemplar de la obra. La no reposición determinará la imposibilidad de solicitud de préstamo interbibliotecario hasta tanto se produzca la misma.

La biblioteca peticionaria asumirá los gastos derivados de la petición del préstamo, con las condiciones establecidas por la biblioteca prestadora, pudiendo exigirse en este caso a la persona solicitante el pago de los gastos del préstamo.

 

Solicitudes

Como biblioteca solicitante, la Biblioteca Pública Provincial de Córdoba ofrece a los usuarios con tarjeta de lector de la propia biblioteca acceder a documentos que no pertenecen a nuestra colección, pero que se encuentran en otras bibliotecas. Debe realizarse una solicitud por cada documento que se pida y puede hacerse mediante:

  • Correo electrónico a prestamo.interbib.bp.co.ccul@juntadeandalucia.es donde debe indicar sus datos de contacto (nombre completo, código de lector, teléfono y dirección de correo electrónico) y los datos que conozca de la obra que solicita (título, autor, editorial, isbn, etc.).
  • El formulario que se encuentra disponible en el mostrador de préstamo de la biblioteca.

Una vez revisada y aceptada la petición de PIB la biblioteca se pondrá en contacto con el usuario para informarle de cuando estará disponible la obra en sus dependencias para su consulta.

 

Como biblioteca prestadora la Biblioteca Pública Provincial de Córdoba facilita a otras bibliotecas el préstamo de documentos de su colección. Estas peticiones deben realizarse siempre por parte de la biblioteca y pueden efectuarse por dos vías:

Tienen que efectuar una petición por cada documento que se solicite, haciendo una descripción bibliográfica lo más completa posible e indicando todos los datos de la biblioteca peticionaria (dirección postal completa y número de lector asignado a la biblioteca en la Red Bibliotecas Públicas de Andalucía).

Quedan excluidos del préstamo interbibliotecario los siguientes materiales de nuestra colección:

  • Obras de consulta y referencia.
  • Fondo anterior a 1958.
  • Fondos de reserva especiales.
  • Cualquier material cuyo préstamo afecte a la buena conservación del ejemplar.
  • Prensa y publicaciones periódicas.
  • Material audiovisual.
  • Documentos de fácil y/o reciente adquisición.

Se ofrecerá reproducción de todos los materiales excluidos del préstamo interbibliotecario, salvo de aquellos en que la reproducción afecte a la buena conservación del ejemplar y siempre con estricta sujeción a la normativa en materia de propiedad intelectual.